jueves, 11 de agosto de 2016



LA CONFIANZA, el posconflicto y la paz en Colombia.           

Por Juan Guillermo Sepúlveda A. [1]

Los Acuerdos de la Habana entre el Gobierno y el grupo insurgente de las Farc-Ep son generadores de confianza ciudadana? Es la respuesta que todos esperan que se responda de manera positiva pues de ello depende en gran medida el éxito de tan importante hecho, que será el punto de quiebre de la democracia en Colombia.

El diario el Tiempo alerta sobre la confianza y su rol en los Acuerdos de la Habana: “La generación de confianza es uno de los escollos por superar ante la eventualidad de un acuerdo de paz.”[2].  

El Ministro Consejero para el Postconflicto, Derechos Humanos y Seguridad de Colombia, propone un Estrategia para atender el tema de la confianza a la que denominó: “Respuesta Rápida”:
 ”Una estrategia de estabilización y generación de confianza en la paz.” Esta estrategia ya cuenta con 470 millones de dólares [3] y tienen varios proyectos concretos  entre los que están “proyectos concretos de generación de ingresos; ampliación de servicios de crédito y asistencia técnica agropecuaria; mantenimiento y construcción de vías terciarias; ampliación de los servicios de justicia formal y alternativa para que los ciudadanos del rural disperso y de zonas vulnerables tangan mayor asistencia en la resolución de disputas; refuerzo de medidas que prevengan el uso e involucramiento de jóvenes en actividades criminales; la focalización de medidas de reparación a víctimas en zonas vulnerables; la construcción de agendas comunitarias de seguridad pública; la inclusión de un enfoque de género en el servicio de policía; entre otros”. [4]

La Estrategia de Respuesta Rápida –ERR-, la piensa iniciar el gobierno al día siguiente de la firma de los Acuerdos en la Habana y tendrá una duración de 18 meses, pues en palabras del Ministro del Posconflicto, los procesos de paz tienen un alto riesgo de fracasar en el primer año del inicio del posconflicto. No está claro si la ERR fue acordada desde la Habana, o es una iniciativa unilateral del Ministerio del Posconflicto, pues si es esto último podría ir en contravía de lo acordado en la Mesa de negociación. 

¿Será que con esos proyectos, con esos recursos y en ese tiempo, el gobierno va a recuperar la confianza en las comunidades del posconflicto que habitan en regiones apartadas de los centros urbanos, donde no ha habido Estado durante mas de 50 años?

Me viene a la memoría un artículo del Catedrático español Salvador Cardús cuando hizo una disertación entre el concepto de seguridad y el de confianza, que nos cae como anillo al dedo en relación a lo que estamos viviendo en Colombia. Veamos algunas reflexiones de cómo restaurar la confianza en momentos de crisis social y su relación con el contexto nacional que estamos y vamos a vivir, en especial dirigido a las comunidades de base donde se va a desarrollar el posconflicto, que las llamo en el artículo comunidades del posconflicto.

-        Dice Cardúas citando a N. Luhmann: “No es humanamente posible tener un control racional de toda la complejidad del mundo que vivimos, por esta razón, la confianza se convierte en la gran virtud social que permite reducir tal complejidad hasta  el punto de, simplificándola, ser capaces de enfrentarnos al mundo.” [5]


¿Cómo simplificarle en Colombia, a las comunidades el fin del conflicto armado en temas tan complejos como:  - Desarrollo Agrario Integral. - Participación en Política. - Drogas ilícitas. - Víctimas. - Fin del conflcito. - Implementación, verificación y refrendación, para que puedan enfrentar el posconflicto que se avecina y poder construir una paz estable en sus territorios?. ¿Será que el Gobierno alcanza a ser en pocos días lo que la Corte Constitucional le ordenó de dar a conocer lo acordado en la Habana, en todos los punto cardinales del país y traducidos en las lenguas nativas de las diferentes comunidades indígenas que poblan a Colombia?.

-        “ ..paradójicamente la confianza no reside en la seguridad sino en el riesgo.  La simplificación de la vida se consigue por la aceptación del riesgo, no por el aumento de la seguridad” [6]. (afirma Cardús)

En lo que va acordado en la Habana, unos 8000 insurgentes se concentrarán en las Zonas Veredales –ZV- y en los Campamentos –C-, durante 180 días a partir de la firma de los Acuerdos, plazo en el cual deben salir desarmados. La seguridad brindada a los guerrilleros se dará a través de fuerzas nacionales e internacionales; 120.000 efectivos del  ejército y la armada nacional, acompañados por un despliegue de inteligencia pocas veces visto en el país denominado “TAC”, focalizado en cada región, con toda la visualización satelital, la inteligencia histórica, la actividad de la comunidad, de la geografía y el ambiente. La información del estado de dichas zonas se desplega desde un comando local, hacia uno regional, y éste al Comando Nacional de Monitoreo, que a su vez le reporta directamente a Juan Manuel Santos y Ban-Ki Moon. Todo lo anterior bajo un mecanismo de verificación internacional[7].

Las preguntas que se me ocurren es ¿dónde esta la seguridad de los miles de campesinos que hacen parte de los territorios donde impuso la “seguridad” las Farc-Ep durantes décadas?. ¿Cuáles fueron los mecanismos de prevención y seguridad que la Estrategia de Respuesta Rápida –ERR ha previsto, para evitar que las comunidades y territorios despejados por la guerrilla sean tomados por grupos al margen de la ley, entre los que se encuentra el ELN y los que no se van a desmobilizar de las Farc-Ep?. ¿Qué proyectos se ejecutarán en la ERR que lleve  a las comunidades del posconflicto a aceptar el riesgo que se les avecina, riesgo a convivir con el que uso la violencia (el desplazamiento, el reclutamiento forzado, etc) como herramienta de control social; el riesgo a creer en un nuevo orden social propuesto por un Estado de Derecho que nunca han conocido y riesgo a vivir dentro de un posconflicto que poco o nada entiende, pues nadie se lo ha sabido explicar?.

-        “ La confianza- siguiendo a Luhmann – se restaura con mecanismos sociales que permitan aceptar de nuevo el riesgo de la vida social.” [8] Estos mecanismos sociales en momentos de crisis deben producir liderazgo, reafirmar el buen funcionamiento de las instituciones, fortalecer la transparencia y desarrollar vínculos afectivos y emocionales, solo así se puede restablecer la confianza social.


En la Colombia del Posconflicto se estará pensando desde las ERR, trabajar con las comunidades campesinas del posconflicto para crear nuevos liderazgos sociales, políticos y morales y evitar así que estos liderazgos sigan siendo “farianos”?. Se estará promoviendo la creación de instituciones lo suficientemente transparentes, que permitan la participación, la descentralización y el empoderamiento de las comunidades campesinas de base, que les permitan el desarrollo de sus afectos, emociones y sentido de pertenencia en Tibú, Ituango, Villa Rica, San Vicente del Caguán, Caldono, Tumaco, Cumaribo, Tierra Alta, la Macarena o Puerto Colombia, entre otras muchas regiones olvidadas por el Estado y hoy visibilizadas por el posconflicto?.

Para finalizar, dejo constancia que creo en las formación pacífica de resolver los conflictos vengan de donde vengan, pero ello requiere tiempo y recursos para el posconflicto, bases sociales que lo legitimen y gobiernos que le den permanencia, y mucho me temo que de ello poco tiene el proceso de paz que está construyendo el gobierno colombiano. Pues en 18 meses no se produce confianza en regiones donde no la ha habido en 50 años; no esta claro de dónde saldrán los recursos para financiar el posconflicto según alerta la Andi y ProAntioquia[9]; las comunidades campesinas del posconflicto son las menos enteradas del tema, por lo que poca legitimidad le darán a los Acuerdos, y de llegar a la Presidencia de la República en las próximas elecciones el que anuncian la mayoría de cábalas políticas, poco apoyo y permanencia le dará a lo pactado en la Habana.



Ojalá esté equivocado.



[1] Reconocido por la Organización de Estados Americanos -OEA- como Experto en Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad  y Director de la Asociación Colombiana Justicia para la Convivencia. Asesor en temas de seguridad y convivencia ciudadana. juanguillermo.sepulveda@gmail.com  

[3]Ministerio del Posconflicto alistaría 470 millones USD para “Estrategia de Respuesta Rápida”” http://politika.com.co/ministerio-del-posconflicto-alistaria-470-millones-usd-para-estrategia-de-respuesta-rapida/

[5] Salvador Cardus i Rios, Periódico la Vanguardia de España, 3 de Octubre del 2001.
[6] Ibidém.
[8] Ibidém

miércoles, 10 de agosto de 2016



LA JUSTICIA RESTAURATIVA DESDE LAS CÁRCELES 
COMO APORTE A LA PAZ DE COLOMBIA 

Segunda parte.

La justicia restaurativa es una forma de responder al comportamiento delictivo balanceando las necesidades de la comunidad, de las víctimas y de los delincuentes.”[1]
La Justicia Restaurativa es definida por las Naciones Unidas  como una respuesta evolucionada al crimen que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye comprensión y promueve armonía social a través de la “sanación” de la víctima, infractor y comunidad.

Es un concepto evolutivo que ha generado diferentes interpretaciones en diferentes países, respecto al cual no hay siempre un consenso perfecto. Esto se debe también a las dificultades para traducir de manera precisa el concepto en diversos países, en los cuales a menudo se usa una gran variedad de términos. Hay muchos términos que se usan para describir el movimiento de justicia restaurativa. Estos incluyen, entre otros, los de “justicia comunitaria”, “hacer reparaciones”, “justicia positiva”, “justicia relacional”, “justicia reparadora”, y “justicia restauradora”.[2] En el Congreso Internacional de Budapest de 1993, fue reconocido por este nombre frente a otros términos similares como: Justicia Positiva, Pacificadora, Temporal, Transformadora, Comunitaria, Conciliativa, Conciliadora, Reparativa, Reparadora, Restitutiva, Reintegradora, o Reintegrativa.[3]
La iniciativa tiene como eje transversal la Justicia Restaurativa –JR-, que convoca a víctimas, victimarios y comunidades desde las cárceles del país, en un triálogo incluyente y reconciliador, que apuesta por la reconstrucción del tejido social en el posconflicto y afianzar la paz  nacional.
La Justicia Restaurativa –JR- apunta a abrir puertas a la restitución del diálogo democrático y la recomposición del tejido social, pues van en clave de cohesión social, comunicación, participación, reparación, re significación y disminución de la reincidencia.[4]

La Justicia Restaurativa –JR-, es un gran pues sus principios tienen relación con la convivencia en la medida que mejora las relaciones interpersonales, vela por las víctimas, la recomposición del tejido social, mira al futuro, superando el estigma y la re-victimización, del victimario y la víctima respectivamente.

La Justicia Restaurativa –JR-, brinda grandes oportunidades a víctima y victimario, que no las ofrece la Justicia Retributiva, pues abre el camino para que las partes afronten su conflicto y las consecuencias del mismo y para ello podrán preguntar, recibir respuestas, expresar sus emociones, restituir, reparar, enmendar disculparse, en resumen tener la oportunidad de lograr el cierre de su rol como víctima o victimario, todo dentro de un contexto de voluntariedad y seguridad.
Ver cuadro.[5]

La Justicia Restaurativa –JR- tiene grandes beneficios en relación con la reducción de la reincidencia delictiva, en especial en los jóvenes[6], supera los miedos de las partes, es preventiva frente a nuevos actos violentos y delictivos, en la medida que busca la pacificación de la relaciones sociales y además, como a los acuerdos se llega por las partes, éstos tienen un sello de legitimidad y permanencia en el tiempo, previniendo posibles escalamientos en los conflictos y evitando el surgimiento de conflictos violentos nuevos (Riva, 2005).

De otro lado la JR aporta a la percepción de seguridad y produce un “efecto contagio” comunitario en la medida que aumenta la demanda de los que quieren trabajar bajo la filosofía y metodologías restaurativas. Reduce el estrés post-traumático de la víctima y su deseo de venganza (Díaz, 2008). En Bogotá la variable sociocultural, como la venganza y el ajuste de cuentas, representan el 60% de los homicidios ocurridos en la ciudad[7]. Finalmente, la reconciliación entre víctima y victimario reduce la sensación de peligro en la comunidad de origen (Llobet, 2005).



LA PROPUESTA.

“ No hay nada más difícil de hacer, más peligroso de realizar, o más incierto en su éxito, que tomar la iniciativa en la introducción de un nuevo orden de cosas” Nicolás de Maquiavelo.


La discusión histórica de la Justicia Restaurativa en relación a la pena es: ¿si la Justicia Restaurativa es una pena alternativa o es una alternativa a la pena?, y en otro nivel de discusión más concreto la pregunta es: ¿debería la Justicia Restaurativa ser usada para mejorar las prisiones o para reducir su uso?[8] El debate oscila entre una visión abolicionista de las cárceles y otra más pragmática, que cree que la Justicia Restaurativa puede ser usada para mejorar la prisión.
Zehr [9], expone tres posiciones o “lentes” de la Justicia Restaurativa –JR- y  su rol de la cárcel, pasa a una mirada retributiva-abolicionista en 1960 y con el paso de los años termina en un enfoque restaurativa-pragmático, 2002. Ver cuadro siguiente.

Elaborado por la Asociación Colombiana Justicia para la Convivencia
En el caso de Colombia y teniendo en cuenta las posiciones anteriores, no creemos, de momento, trabajar por la posición abolicionista, pues la cárcel no desaparecerá, y por ello nos inclinamos por la postura pragmática que trabaja para mejorar las prisiones desde la filosofía y metodología de la Justicia Restaurativa, en la medida de lo posible.
 A lo anterior se agrega la posición del criminólogo italiano, Guidoni (2003), quien afirma que en las prisiones existen “obstáculos estructurales” que chocan a todas luces con los valores de la Justicia Restaurativa. (ver cuadro siguiente), por lo que “es imposible trasladar con éxito la filosofía restaurativa al ámbito penitenciario al existir obstáculos estructurales que lo impiden.”

Valores Justicia Restaurativa
Obstáculos estructurales de la prisión que impiden trabajar en Justicia Restaurativa en prisiones
ü  La voluntariedad.
ü  El empoderamiento.
ü  La inclusión.
ü  La responsabilidad personal.
ü  El respeto.
ü  La honestidad.
ü  La empatía.
ü  La comunicación.
ü  La justicia.
ü  La igualdad.
ü  La resolución de problemas.
ü  La sanación
ü  La transformación
 Dhami (2009).
ü  La prisión controla las vidas de las personas internas y eso impide su toma de responsabilidad. 

ü  La subcultura carcelaria es muy fuerte y antisocial, supone un esfuerzo sobrehumano 
sobreponerse a ella. 

ü  La coerción y la jerarquía son inherentes a la cárcel, lo que impide instaurar una cultura de la 
resolución pacífica de conflictos. 

ü  Los objetivos del personal penitenciario y las personas presas son contrarios a los de la Justicia 
Restaurativa. 

ü  La jerarquía existente en las prisiones impide la consecución de autonomía personal. 

ü  Las condiciones físicas de las prisiones, su sobreocupación y violencia latente, conllevan la 
imposibilidad de las personas presas para centrarse en las labores restaurativas. [10]
Guidoni (2003)
Elaborado por la Asociación Colombiana  Justicia para la Convivencia
Por lo anterior Ollero Perán, considera que “Si bien es cierto que cualquier intento dirigido a humanizar la ejecución de las penas privativas de la libertad es positivo, desde mi punto de vista la mejor manera de mejorar las prisiones es vaciarlas.” [11]
Por lo que se puede concluir que con el estado actual de las cárceles en Colombia, difícilmente se puede pretender trabajar la Justicia Restaurativa bajo sus valores cardinales, a no ser que sean cárceles pequeñas, poco hacinadas, como las Municipales, donde no operen las barreras estructurales, tan definidas, que enuncia Guidoni, de un lado; y en aquellas cárceles donde se dan dichas barreras, ofrecer, sectorialmente, Servicios de Justicia Restaurativa, para ir avanzando hacia el objetivo final del proyecto que es CÁRCELES RESTAURATIVAS.

Objetivo General.

Promover, difundir e implementar CÁRCELES RESTAURATIVAS en Colombia, que tengan como finalidad mejorar la convivencia carcelaria, la seguridad ciudadana, el posconflicto y la paz en Colombia.

Objetivos Específicos 1.

Diseñar estrategias pedagógicas, para  difundir y  sensibilizar en los beneficios del proceso de paz con las FARC y la aplicación de la Justicia Transicional como promotora de la reconciliación nacional; y la Justicia Restaurativa como artífice de la convivencia carcelaria y seguridad ciudadana que aporta a esa paz nacional

Objetivos Específicos 2.

Formular e implementar una estrategia de formación en Justicia Restaurativa en las cárceles de Colombia.

Objetivos Específicos 3
Diseñar e implementar Servicios de Justicia Restaurativa Penitenciaria en Colombia– SJRPC-,  en las penitenciarias del país comprometidas con el proyecto.
Objetivos Específicos 4.
Diseñar e implementar el Observatorio de Justicia Restaurativa Penitenciaria de Colombia –OJRPC- desde las cárceles del país.

El proyecto de CÁRCELES RESTAURATIVAS –CR-, se desarrollará dentro de los parámetros fundamentales del mandato de Naciones Unidas en relación con Justicia Restaurativa penal, concretamente en lo establecido en Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa, en la serie de Manuales sobre Justicia Penal”, de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, publicado en la ciudad de  Nueva York en 2006.
- Los objetivos restaurativos del proyecto serán:
Restaurar el orden y la paz de la comunidad y reparar las relaciones dañadas.
 Denunciar el comportamiento delictivo como inaceptable y reafirmar los valores de la comunidad.
Dar apoyo a las víctimas, darles voz, permitir su participación y atender sus necesidades.
Motivar a todas las partes relacionadas para responsabilizarse, especialmente a los ofensores.
Identificar resultados restaurativos futuros.
 Prevenir la reincidencia motivando el cambio en los ofensores y facilitando su reintegración a la comunidad.”[12]
- Las Características  de Cárceles Restaurativas, según Naciones Unidas:

1- Crear más empatía de las personas ofensoras con las víctimas y ofrecerles mediación.
2 -  Potenciar la realización de trabajos penitenciarios que beneficiarán a la sociedad.
3 -  Introducir principios restaurativos en la resolución de disputas.
4 -  Fortalecer los lazos con la comunidad exterior de la prisión.”[13] Hay experiencias exitosas de Cárceles Restaurativas en varios países del mundo. [14]

1.     Programas.
 Los programas a trabajar en el proyecto de Cárceles para la Convivencia son en general los usados por la Justicia Restaurativa, mediación y Conferencias Restaurativas, y el tercero que son Talleres de Convivencia, lo hemos tomado de la experiencia del país Vasco, en España en relación con la experiencia entre miembros de ETA, detenidos en la cárcel d Nanclares y sus víctimas.

A.    - La mediación.
Es un encuentro cara a cara entre la víctima y el victimario, acompañados por un profesional de la mediación, donde se busca que el ofensor reconozca su responsabilidad, pida perdón y la víctima sea resarcida en su daño. En caso de no ser posible el cara a cara, se puede realizar una mediación indirecta, que consiste en que el mediador se reúne con las partes por separado para lograr avanzar en la restitución de la comunicación, mejorar la relación y aclarar dudas de parte y parte. Lo anterior ayuda mucho a las partes para ir avanzando en un proceso de perdón y reconciliación.
 Existen unos requisitos básicos que se deben tener en cuenta antes de ir a una mediación entre víctima y victimario:
a.    “El delincuente debe aceptar o no negar su responsabilidad por el delito;
b.    Tanto la víctima como el delincuente deben estar dispuestos a participar; y
c.     Tanto la víctima como el delincuente deben considerar si es seguro participar en el proceso.” [15]

B.    -- Conferencias Restaurativas –CR-.

Las CR son más amplias que las mediaciones cara a cara entre ofensor y ofendido, pues en ellas participan también los familiares de unos y otros y miembros de la comunidad afectada, además representantes de entidades públicas y privadas interesadas en la resolución pacífica de la conflictividad, como los representantes de los Gobiernos Locales, empresas privadas, asociaciones de la localidad, organismos de seguridad, medios de comunicación, etc.

Las CR sirven entre otras para hacerle el acompañamiento y monitoreo a lo acordado entre las partes, por lo que los miembros del círculo frecuentemente tienen un papel continuo en la monitorización del comportamiento futuro del delincuente y en asegurarse de que cumpla con las medidas rehabilitadoras y reparadoras que ha acordado.” [16]


C.    - Talleres de Convivencia -TC-.

Estos talleres van dirigidos al entorno social que rodea el proyecto de Cárceles Restaurativas, desde el gobierno local hasta los medios de comunicación, pasando por asociaciones de vecinos, de jóvenes, Juntas de Acción Comunal, y tienen como finalidad sensibilizar a la comunidad de las bondades del proyecto en relación al impacto positivo que se producirá en su barrio en relación con la convivencia y seguridad ciudadana y a buscar las mejores alternativas para apoyar las víctimas y sus familiares, como a los familiares de los internos, además de buscar la mejor manera de reinserción social cuando estén en libertad.

2.     Actores.
En el proyecto Cárceles para la Convivencia principalmente hay tres actores: las víctimas y victimarios (y a veces dos familiares de unos y otros); la sociedad civil (comunidades de vecinos, Juntas de Acción Comunales, ONGs, sector empresarial, asociaciones comunitarias, medios de comunicación, sectores educativos,  iglesias, grupos juveniles, etc) y el Estado, Ministerios, Gobiernos Locales y  sus respectivos organismos, el poder judicial, organismos de seguridad, entre otros.
Los criterios para seleccionar las cárceles que haran parte del proyecto, se traducen en que dichos penales deben facilitar la implementación de la inicitiva, permitiendo la ejecución de las diferentes fases, dentro de un marco de seguridad y confidencialidad.
Los Gobiernos Locales, deben manifestar su voluntad política, poniendo a disposición del proyecto los equipos humanos y técnicos que el proyecto requiera. Así mismo, vincular a proyectos de gobierno a los actores del triángulo de la infracción penal, como son al ofendido, el ofensor y sus respectivas familias, por ser considerados una población en “riesgo” de exclusión, de revictimización y estigmatización social. Ello incidiría positivamente  en las políticas municipales de prevención primaria y secundaria, que finalmente benefician la convivencia y seguridad ciudadana del municipio o localidad donde se realice el proyecto.
Los internos que harán parte del proyecto de Cárceles Restaurativas, CR, tendrán que tener ante todo voluntad, ser condenados o sindicados, que reconozcan la comisión del delito, que hayan vivido durante los últimos años en la localidad donde se va a trabajar la iniciativa y que acepten las reglas de juego que contiene la justicia restaurativa penal..
Para el trabajo con la población juvenil recluida, se recomienda tener en cuenta los fines de la JR para esta población carcelaria.

La finalidad de la Justicia Restaurativa para adolescentes es:
“1) Administrar justicia de forma democrática respetando el debido proceso.
2) Fomentar la responsabilización del adolescente que ha cometido una infracción penal.
3) Promover su integración social.
4) Favorecer la participación de la comunidad en el proceso de inserción social, mediante la oferta de servicios y programas para el cumplimiento de medidas socio-educativas.” [17]

3.     Fases.

La dinámica del proceso es de adentro hacia afuera, primero desde la parte más íntima del ofensor, el pedir perdón y del ofendido la posibilidad de aceptarlo, de cara a la reconciliación, que no siempre se da, pero que en este punto se puede lograr aclarar las dudas, superar los miedos y por consiguiente dejar en el pasado los sentimientos de odio y venganza y que permitan mirar al futuro, luego de pasar página.

El otro impulso es más externo, de abajo hacia arriba, se da cuando entran en el proceso restaurativo más actores: familiares, comunidades, gobiernos locales, sector empresarial, organizaciones comunitarias de base, etc  para producir un efecto de convivencia y seguridad ciudadana en las comunidades de donde proceden los ofensores y posiblemente, también, los ofendidos.


Fase I. La Preparatoria.

Es una de las etapas más importantes del proyecto, pues en ella se informa, se sensibiliza y se hacen trabajos pedagógico y de comunicación con todos los futuros actore del proyecto, desde los internos, Ministerio de Justicia y del Derecho, del Posconflicto, de Educación, Senadores y Congresistas, Concejales, Defensoria del Pueblo, Policía Nacional, INPEC, Picota, Alcaldía Municipal, Cruz Roja Internacional, medios de comunicación, comunidades, sector privado, etc, etc. Además se reciben todos los comentarios e inquietudes que enriquecen el proyecto y de esta manera se construye el proyecto desde el consenso.

En esta fase también se elaboran todos los materiales que harán parte de la iniciativa, como los protocolos de intervención, los materiales de información; se elaboran las mediaciones entre internos; se diseñan los cuestionarios y el trabajo preparativo con victimas y victimarios; los instrumentos de medición de impacto, se preparan los Encuentros Restaurativos entre víctimas y victimarios y los Talleres de Convivencia de la sociedad civil.

De la correcta ejecución de esta fase depende, en buena medida, el éxito del proyecto.


Fase II. Resolución de conflictos entre internos (as). RCI

Puele suceder que hayan internos que estén en el proyecto restaurativo hacia barrios y regiones determinadas, pero tienen problemas con internos que son del mismo sector, lo que afectará negativamente los resultados esperados. Por lo que se recomienda resolver estos conflictos se resuelvan antes de pasar a la fase III. Para ello se debe recurrir a la mediación entre internos. Esta fase de RCI se puede dar o no, todo depende del tipo de relación de los internos que hacen parte del proyecto.

En esta fase se avanzará también, en hacer la preparación de los internos para que conozcan el proyecto de Cárceles Restaurativas, qué es la Justicia Restaurativa, sus principios, la filosofía, los valores, dejar claras las reglas de juego, los alcances, los retos, etc.


Fase III. Encuentros Restaurativos –ER- entre el victimario  y la víctima.

Estos ER tienen doble finalidad, una: que el victimario reconozca su resposabilidad en los hechos delictivos y le pida perdón a la víctima; y otra: que la víctima sea restaurada en sus derechos vulnerados con el acto delictivo cometido en su contra. El faciliatdor o mediador hará la preparación de las partes, acompañará el encuentro  hará el seguimiento a lo acordado y los ajustes pertinentes que ayuden a su cabal cumplimiento.

En la fase se recomienda trabajar desde la mediación cara a cara entre el victimario y víctima y con los familiares de éstos si es del caso, [18] También se pueden llevar a cabo prácticas asimétricas basadas en enfoques restaurativos si la otra parte no estaba disponible o no tenía deseos de participar. En ese contexto se examinó la utilización de delincuentes y víctimas “sustitutos”” [19].


Fase IV. Talleres de Convivencia –TC-.

Los TC se haran al interior del penal y en los barrios de donde proceden los internos. En ellos participaran los fuerzas vivas de la comunidad: asociaciones, jóvenes, vecinos, organismos de seguridad, sector empresarial, medios de comunicación y representantes del gobierno local entre otras. Los TC tienen como finalidad sensibilizar a la comunidad, en especial a los jóvenes, sobre el proyecto de Justicia Restaurativa a favor de la convivencia ciudadana en sus barrios y promover iniciativas y acciones para el apoyo a las víctimas y sus familiares, como a las familias de los victimarios, que eviten su riesgo de exclusión y estigma social, además de la reintegración social del victimario.






Elaborado por Asociación Colombiana Justicia para la Convivencia. ACJC

4.     Los Pilotos.


Los pilotos del proyecto se pueden realizar en cárceles urbanas y rurales.

En lo urbano, se propone la Cárcel de la Picota de Bogotá, pues allí se adelantó en el 2015 un avance de “Cárceles para la Paz” y ya se ha hecho levantamiento de informacion y se vienen haciendo contactos con la Alcadía de Soacha para interlocutar en la iniciativa cárcel (Picota) y ciudad (Soacha). Ver anexo. El otro piloto podría ser en la Cárcel Distrital de Bogotá, por ser considerada la cárcel que marca la diferencia con los demás centros penitenciarios del país, pues no hay hacinamiento, sus instalaciones marcan la diferencia con otros centros y va camino a ser considerada una “cárcel modelo en América Latina”[20]

En las rurales se puede trabajar en cárceles de departamentos donde el posconflicto va a tener grandes retos como en Meta y Caquetá. En el Meta hay 3 cárceles y en el Caquetá 2.

En total los pilotos serían en dos cárceles urbanas y cinco semiurbanas y rurales.


5.     Equipo de trabajo.


Las iniciativas carcelarias referidas a dar segundas oportunidades a los internos, desde el diálogo, como se trata en este proyecto, no tienen mucha acogida en Colombia y en general en el contexto latinoamericano, pues hay una vocación de castigo y venganza por medio de la pena privativa de la libertad muy marcada. Por lo anterior Cárceles para la Convivencia, debe tener unos aliados lo suficientemente convencidos de la iniciativa para blindarla de todos los desafíos en medio de la sociedad punitiva en la que vivimos. Por lo anterior, creemos que se deben  construir unas alianzas de intervención y acompañamiento muy sólidos por el bien de la iniciativa, que incluye la seguridad de los beneficiarios y los ejecutores del proyecto.

Estos serían los equipos de trabajo:

a-     Equipos de intervención. Corresponde al equipo de trabajo que diseña, planifica y ejecuta en terreno. Se distribuye el trabajo de la siguiente manera: un equipo principal y otro de apoyo en relación con el penal de intervención.
El equipo principal estará compuesto por el director, el coordinador y cinco profesionales en el área de la psicología, el derecho y la sociología. Tienen bajo su responsabilidad:
-        Manejar las relaciones con el personal directivo de la cárcel objeto de intervención.
-        Hacer la sensibilización al personal penitenciario y a los internos sobre el proyecto.
-        Llevar a cabo la formación en Justicia Restaurativa a los internos que participarán del proyecto.
-        Preparar a los internos y ofendidos que haran parte de las mediaciones.
-        Llevar a cabo las mediaciones entre ofensor y ofendido.
-        Desarrollar los encuentros restaurativos con las familias, comunidades, sector privado y los gobiernos locales.
-        Hacer el seguimiento a las reparaciones acordadas en las mediaciones y en los Encuentros.
-        Diseñar y ejecutar los Talleres de Convivencia con la sociedad civil.

b-     Equipos de socios naturales. Está compuesto por las entidades públicas que tiene que ver con el tema pues éste hace parte de su misionalidad, como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio del Posconflicto, los Jueces de Penas y Medidas de Seguridad, el Departamento de Planeación Nacional, DNP, la Policía Nacional y las Gobernaciones y Alcaldías donde se vaya a realizar el proyecto.

c-     Equipos de socios estratégicos. Hacen parte del acompañamiento e implementación de la iniciativa, como las Cámaras de Comercio de las regiones, el sector empresarial, las Universidades, las Iglesias, las Agencias Internacionales, el Comité de la Cruz Roja Internacional –CRIC- y Gobiernos extranjeros.

Ver gráfico.





[1] Manual sobre programas de justicia restaurativa. SERIE DE MANUALES SOBRE JUSTICIA PENAL. OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO, Viena. NACIONES UNIDAS Nueva York, 2006. Pag.9
[2]Ibídem. Pag. 9.
[3] Citado en artículo: JUSTICIA RESTAURATIVA: DEL CASTIGO A LA REPARACIÓN José Benito PÉREZ SAUCEDA y José ZARAGOZA HUERTA.
[4] National Institutes of Correction, citado en el Informe del Secretariado General del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
[5] Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa, Serie de Manuales de Justicia Penal. Naciones Unidas, Nueva York, 2006.Pagina 17.
[6] a) aquellos jóvenes que habían pedido disculpas a sus víctimas tenían tres veces menos de probabilidades de ser condenados nuevamente por otro delito que aquellos jóvenes que no lo hicieron; (b) aquellos jóvenes que asistieron a una conferencia en donde la víctima estuvo presente tenían cuatro veces menos de probabilidades de ser condenados por un nuevo delito que aquellos jóvenes que asistieron a una conferencia sin la víctima; (c) aquellos jóvenes que asistieron a una conferencia y que sintieron que habían reparado a sus víctimas tenían menos probabilidades de ser condenados nuevamente seis años después de la conferencia que aquellos que no. (Díaz, 2008, párr. 9.)(d) En el 98% de los casos los jóvenes aceptaron los contratos en la primera reunión del comité, y un 75% los cumplieron satisfactoriamente. (Newburn, 2002).(e) Menos de un cuarto (23%) reincidieron… [y] el 75% de los jóvenes y sus familias dijeron que encontraron los comités útiles, y mucho más amables y menos traumáticos que la experiencia ante los tribunales (Masters, 2002, párr. 28). También se demostró, según Schneider 1986, que los jóvenes sentenciados a Restauración en vez que a penas tradicionales de cárcel, tienen más posibilidad de encontrar trabajo y continuar estudiando pues las penas restaurativas no implican aislamiento de los infractores.
[7] “Estas variables son fundamentalmente las que define Medicina Legal como 1) venganza y ajuste de cuentas, 2) crímenes pasionales y maltrato conyugal, 3) aquella otra que tiene que ver con riñas, y 4) otra que tiene que ver con intolerancia social. Agrupando estas cuatro variables como violencia societaria, como homicidios culturalmente orientados, es que la cifra de homicidios asociados a violencia societaria alcanza el 60% en Bogotá. VENGANZA Y CULTURA EN BOGOTÁ
Arturo Laguado, Escuela de Ciencias Humanas. Universidad del Rosario.
[8] Ibídem.
[9] Ollero Perán, Jorge. “MENOS PRISIÓN,
MÁS JUSTICIA RESTAURATIVA: ESTABLECIENDO LAS PRIORIDADES EN EL DEBATE”. Pag. 12.

[10] Ibídem. Pag. 7.
[11] Ibídem. Pag. 15.
[12] Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa, en la serie del Manuales sobre Justicia Penal”, de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, publicado en la ciudad de  Nueva York en 2006. Pag. 13.
[13] Johnstone (2007). Citado por Jorge Ollero Perán en MENOS PRISIÓN,
MÁS JUSTICIA RESTAURATIVA: ESTABLECIENDO LAS PRIORIDADES EN EL DEBATE”.
[14] Van Ness (2005), de forma parecida a Johnstone, ordena los proyectos de Justicia Restaurativa en prisión según sus objetivos. Identifica seis de ellos y relata ejemplos de cada uno: 
Fomento de la empatía con las víctimas: como el programa “Concentrarse en las víctimas” de Hamburgo, en el que se ayuda a las personas internas a reflexionar sobre la victimización, incluida la suya propia. 
Reparación del daño: como el fondo de reparación a las víctimas creado en Bélgica. 
Mediación con víctimas, internos, internas, sus familias y la comunidad: como los 
ejemplos existentes en Tejas, Camboya, Zimbaue o Canadá. 
Refuerzo de los lazos entre la prisión y la comunidad: como el ya mencionado ejemplo de 
Inglaterra y su “Restorative Prison Project”. 
Resolución pacífica de conflictos en prisión: incluyendo la experiencia de Medellín, 
donde los jefes de las bandas criminales son entrenados como mediadores. 
Transformación completa de la prisión bajo parámetros restaurativos: como los ejemplos ya señalados de la “Prisión Virtuosa” o las prisiones brasileñas “APAC”, que se basan en la 
cultura de la valorización humana y son regidas por voluntariado. 
 Otros trabajos destacables son el de Dhami et al. (2009), que realiza una clasificación parecida a la de Van Ness; el de Goulding et al. (2008), que se centra en el “Restorative Prison Project” y el caso belga; el informe final del proyecto MEREPS (Barabás et al., 2012) que narra las experiencias de Hungría, Alemania, Inglaterra y Bélgica; y, finalmente, el estudio de Guardiola Lago (2012), el más completo sobre la materia en castellano. Citado por Jorge Ollero Perán en MENOS PRISIÓN,
MÁS JUSTICIA RESTAURATIVA: ESTABLECIENDO LAS PRIORIDADES EN EL DEBATE”.

[15] Ibídem. Pagina 20.
[16] Ibídem. Pagina 23.
[17] ¿Qué es un Sistema Penal Juvenil? Herramientas para un periodísmo con enfoques de derechos. UNICEF. http://www.unicef.org/argentina/spanish/que_es_el_sistema_penal_juvenil.pdf
[18] Citando a Johnson and Van Ness, 2006.  Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa, en la serie del Manuales sobre Justicia Penal”, de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, publicado en la ciudad de  Nueva York en 2006.
[19] Informe de la reunión del Grupo de Expertos sobre Justicia Restaurativa. Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal. 11o período de sesiones
Viena, 16 a 25 de abril de 2002
. Temas 3 y 4 del programa provisional*
Debate temático sobre la reforma del sistema de justicia penal: logro de la eficacia y la equidad Reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal. Pag. 7.